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Derecho Laboral

Despidos

El despido sin causa del trabajador debe ser indemnizado tomando como base el mejor sueldo e incluir premios, comisiones, horas extras y beneficios otorgados.

Hay tres clases de despido: despido sin causa, despido con causa y despido indirecto.

El despido laboral sin causa es la rescisión del contrato de trabajo de un trabajador sin invocación de causa por parte del empleador. Da derecho al trabajador a cobrar indemnización por antigüedad y consiste en un mes de sueldo bruto por cada año trabajado o fracción mayor a 3 meses.

El despido laboral con causa es la facultad del empleador de extinguir el contrato de trabajo en caso de inobservancia por parte del trabajador de las obligaciones que configuren injuria y que, por su gravedad, no consienta la prosecución de la relación laboral. El despido directo con justa causa, deberá comunicarse por escrito por el empleador con expresión de los motivos en que se funda la ruptura.

El despido indirecto previsto en la legislación (art. 246 Ley 20.744) permite que el trabajador, ante determinadas situaciones, pueda finalizar la relación laboral considerándose despedido y técnicamente colocarse en situación de despido y así reaccionar ante el incumplimiento del empleador.

Por ejemplo: pagos en negro, salario inferior al del convenio colectivo de trabajo, horas extras no abonadas, registración con fecha de ingreso posterior a la real, falta de pago de aportes jubilatorio, acoso laboral, etc).

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